Nueva normativa aerocomercial busca eficiencia y competitividad. El Gobierno Nacional oficializó hoy una reforma clave que redefine los tiempos máximos de vuelo y los períodos de descanso para las tripulaciones aéreas, a través del DNU N° 378/2025 publicado en el Boletín Oficial.
Esta medida, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado junto con la Secretaría de Transporte, alinea la normativa local con los estándares de la Administración Federal de Aviación (FAA) de Estados Unidos. El objetivo es dejar atrás regulaciones con enfoques gremiales o políticos que, según el Ejecutivo, han limitado la eficiencia y el crecimiento del sector.
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Entre los principales cambios se encuentran la exclusión del tiempo de traslado como parte de la jornada laboral, la reducción del descanso semanal mínimo de 36 a 30 horas, el aumento del límite anual de vuelo de 800 a 1000 horas y la modificación del régimen de vacaciones, que pasa de 30 días consecutivos a 15 días anuales sin acumulación.
Estos ajustes permitirán a las aerolíneas reducir costos, optimizar la planificación operativa y aumentar su competitividad, manteniendo como eje central la seguridad operacional. La reforma también busca facilitar la gestión del personal sin incrementar la cantidad de tripulaciones necesarias para cubrir los vuelos.
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La nueva normativa se aplicará exclusivamente a los servicios de transporte aéreo regular y no regular, dejando fuera al taxi aéreo, las operaciones con helicópteros, el trabajo aéreo y el transporte de carga, que continuarán bajo la regulación de la ANAC. Con esta decisión, el Gobierno avanza en la apertura del mercado aerocomercial argentino, apostando por un marco regulatorio más moderno y eficiente que incentive la llegada de nuevas inversiones, amplíe la oferta de vuelos y genere beneficios concretos para los usuarios del transporte aéreo.
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